Residentes Permanentes
Servicios para Residentes Permanentes
Los siguientes son los servicios ofrecidos a Residentes Permanentes de los Estados Unidos en la Embajada Americana en Caracas. Recuerde que para asistir a una entrevista para cualquiera de estos servicios es necesario solicite una cita a traves de nuestro correo electronico immigrantcaracas@state.gov
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Carta de Traslado Para Residentes Permanetes
Una carta de transportación es para un residente permanente legal de los Estados Unidos (LPR) cuyo tarjeta de residencia (“tarjeta verde” o “Formulario I-551”) venció, fue extraviada o fue robada.
La carta tiene vigencia de dos semanas y es válido por una sola entrada a los EE.UU. Al momento en que el residente permanente legal llega en los EE.UU., tiene que seguir los pasos para obtener una nueva tarjeta de residencia a través de "United States Citizenship and Immigration Service."
Para obtener una carta de transportación para regresarse a los Estados Unidos, usted debe programar una cita a través del correo electrónico ImmigrantCaracas@state.gov, y el día de la entrevista deberá presentar la siguiente documentación:
- Formulario I-90
- Pasaporte vigente en buena condición (con un minimo de 6 meses de validez)
- Boleto de viaje con fecha de salida.
- Prueba de su tarjeta de residente (Número de residencia que empieza con “A”).
- Tres (3) fotografías recientes de frente, fondo blanco, tamaño 5x5cm.
- Si aplica, reporte de la policía explicando como fue robado la tarjeta.
- Prueba de su presencia física en los EE.UU. en el ultimo año.
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Carta de traslado para hijos de residentes permanentes nacidos en el extranjero
Si Usted es residente legal permanente de los Estados Unidos (LPR) y viaja a Venezuela a tener a su bebé, para ingresar nuevamente a los Estados Unidos con su bebé usted deberá de cumplir con la siguiente ley de Inmigración: El bebé puede ingresar a los EE.UU. siempre y cuando el viaje ocurra dentro del primer año de vida del bebé y la madre este regresándose a los Estados Unidos por primera vez luego del nacimiento del bebé. Para obtener esta carta la madre debe de programar una cita a través del correo electrónico immigrantcaracas@state.gov y el día de la entrevista deberá de presentar la siguiente documentación:
- Pasaporte y tarjeta de Residencia Permanente Legal de la madre (originales y copias)
- Pasaporte del bebé (original), y que el bebé asista con la madre a la entrevista.
- Certificado de nacimiento del bebé, legalizado y apostillado (original y copia)
- Certificado de la clínica donde nació el bebé, y los recibos de pago a la clínica (original y copia)
- Certificado médico por parte del obstetra en donde certifique que él/ella fue el doctor que atendió el parto
- Pago de $165 dólares o el equivalente en bolívares en efectivo
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Permiso para regresar como residente
Si un Residente Permanente Legal se mantiene fuera de los Estados Unidos por más de un año, sin previa autorización del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (vea planilla I-131, “Application for Travel Document”), él o ella pierden su condición de Residente. El extranjero puede regresar a los Estados Unidos a través de una Visa para Regresar como Residente (SB-1) si el o ella entregan una planilla DS-117 (tarifa de servicio no reembolsable de $275 o su equivalente en Bolívares) y la misma es aprobada por el Oficial Consular.
La planilla DS-117 requiere que el extranjero demuestre que:
- era residente legal permanente de los Estados Unidos en el momento de salir de dicho país;
- tenía la intención, en el momento de salir de los Estados Unidos, de regresar a dicho país;
- está regresando de una residencia temporal en el extranjero; o si la estadía fue prolongada, que ésta ocurrió por causas ajenas a su voluntad.
En el caso del articulo (2), las pruebas para corroborar la intención de regresar a los Estados Unidos pueden ser las pruebas de pago de impuestos de ingresos y propiedades estando en el extranjero. En el caso del articulo (3), registros que evidencien tratamiento médico no planificado pueden ser presentadas para su revisión.
Si la planilla DS-117 es denegada, el extranjero debe solicitar una Visa de Inmigrante desde el principio del proceso de Petición.
El límite de un año de residencia en el extranjero no aplica para las esposas e hijos menores de 21 años de los miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, ni tampoco aplica para empleados del Gobierno Estadounidense que hayan sido asignados al extranjero bajo órdenes oficiales.
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Abandono del estatus de residente
Si es Ud. un Residente Permanente Legal (LPR) y se ha mantenido fuera de los Estados Unidos por mas de 12 meses sin un permiso de reentrada, es posible que su estatus de LPR haya caducado. Este límite de un año en un domicilio extranjero no aplica para los esposos o hijos menores de 21 años de miembros de las Fuerzas Armadas Estadounidenses, ni aplica para los empleados del Gobierno Estadounidense que hayan sido asignados al extranjero bajo órdenes oficiales.
Si ha perdido su estatus como Residente Permanente Legal y desea regresar a los Estados Unidos como inmigrante, visite la sección de Residente de Retorno.
Si desea viajar a los Estados Unidos, como no-inmigrante, debe entregar una solicitud I-407 de Abandono de Estatus Legal como Residente Permanente para aclarar su estatus. Para los antiguos LPR usualmente les será solicitado este documento y entregar su tarjeta I-551 (green card) antes de serles otorgada una visa de no-inmigrante.
La planilla I-407 puede ser entregada al Oficial Consular el mismo dia de la entrevista para obtener una visa no-inmigrante.